1. ¿Qué es la Declaración Responsable?

Bajo el marco del RD 1007/2023, la Declaración Responsable es un documento mediante el cual la persona o entidad que produce o comercializa un Sistema Informático de Facturación (SIF) manifiesta, bajo su exclusiva responsabilidad, que dicho sistema cumple escrupulosamente con todos los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad exigidos.

No se trata de un mero trámite administrativo; es el mecanismo legal que traslada la responsabilidad por las deficiencias técnicas del software desde el usuario final (la empresa) hacia el fabricante, sancionando duramente a quien venda sistemas "de doble uso" o que incumplan la normativa técnica.

2. Contenido obligatorio de la Declaración

La normativa estipula claramente qué datos debe incorporar la Declaración Responsable. Esta debe constar por escrito o de forma electrónica y acompañar al software en cada venta, licencia o actualización. Los elementos exigidos son:

  • Identificación del fabricante o productor: Nombre o razón social y Número de Identificación Fiscal (NIF).
  • Identificación del SIF: Nombre comercial, versión exacta del software y tipo de sistema informático (software instalado localmente, SaaS en la nube, etc.).
  • Declaración expresa de cumplimiento: Mención explícita de que el SIF cumple con el artículo 29.2.j) de la LGT y con el Real Decreto 1007/2023.
  • Confirmación de requisitos técnicos:
    • Implementación correcta de la firma electrónica o el hash encadenado SHA-256.
    • Generación del código QR y frase "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT".
    • Garantía de inalterabilidad y registro de eventos del sistema (log de actividad).
  • Identificación de modalidad: Especificar si el sistema tiene capacidad para operar como "Sistemas de emisión de facturas verificables" (VeriFactu) mediante envío continuo a la AEAT o como sistema no-VeriFactu (con retención segura de datos).
  • Fecha, lugar y firma: Emitida por el representante legal de la empresa fabricante.

3. ¿Quién debe firmar y emitir la Declaración?

La responsabilidad de emitir este documento varía según la cadena de comercialización y la naturaleza del software.

Responsables de la emisión de la Declaración Responsable
Agente Obligación y Responsabilidad
Fabricante o desarrollador (Vendor) Obligado principal. Quien programa y diseña el SIF debe firmar y facilitar la Declaración al distribuidor o cliente final.
Distribuidor o comercializador Si modifica el software base, pasa a ser responsable. Si solo revende, debe asegurar que entrega al cliente la Declaración del fabricante original.
Departamento IT interno (In-house) Obligado. Las empresas que desarrollan su propio SIF adquieren legalmente el rol de fabricante y deben firmar la Declaración Responsable (autocertificación de uso interno).
Usuario final / Empresa cliente NO firma. El cliente solo debe exigir y conservar la Declaración proporcionada por su proveedor.

4. Plazos y exigencia para fabricantes

El cronograma fijado por el RD 1007/2023 (modificado posteriormente) establecía que todos los desarrolladores de software tenían como plazo máximo el 29 de julio de 2025 para adaptar sus sistemas y suscribir la Declaración Responsable.

A partir de esa fecha, está terminantemente prohibida la comercialización, cesión o licenciamiento de sistemas informáticos de facturación que no cuenten con la preceptiva Declaración Responsable y que no cumplan los estándares técnicos.

5. Sanciones económicas: Multas por incumplimiento

El marco sancionador, regulado en el artículo 201.bis de la Ley General Tributaria, castiga severamente la falta de la Declaración Responsable o la falsedad en la misma:

Para los usuarios (empresas y autónomos), la mera tenencia o utilización de un software de facturación que no cumpla las especificaciones técnicas o que carezca de la Declaración Responsable del fabricante se sanciona con una multa fija de 50.000 euros por cada ejercicio fiscal en el que se haya utilizado.

6. Checklist: Qué debe verificar el usuario final

Si eres el propietario de una pyme o un trabajador autónomo, no puedes asumir pasivamente que tu proveedor de software cumple la ley. Debes protegerte realizando las siguientes acciones:

  1. Solicita proactivamente el documento: Pide a tu proveedor tecnológico (ERP, TPV, SaaS) la Declaración Responsable referente al RD 1007/2023.
  2. Verifica la versión: Asegúrate de que la versión de software reflejada en la declaración coincide exactamente con la que tienes instalada o estás utilizando en la nube.
  3. Consérvala a salvo: Guarda este documento (digital o en papel) por un periodo mínimo de 4 años, ya que puede ser requerido durante cualquier inspección tributaria.
  4. Si no te la entregan, migra: Si tu proveedor no puede proporcionarte una Declaración Responsable firmada, tu empresa está en riesgo. Inicia la transición a un software alternativo de inmediato.

7. Especial atención al software de desarrollo propio

Muchas grandes corporaciones y empresas tecnológicas utilizan software de facturación desarrollado a medida por sus propios departamentos informáticos. La normativa es implacable en este aspecto: el in-house software no está exento de la norma.

En estos casos, la propia empresa titular del sistema debe asumir el rol dual de fabricante y usuario, debiendo redactar y firmar una Declaración Responsable interna donde el director técnico o representante legal certifique que el desarrollo a medida cumple plenamente con los requisitos de hash, QR y registro de eventos.