El origen de la confusión: dos leyes, un mismo software

La confusión entre VeriFactu y la factura electrónica nace de un hecho concreto: ambas obligaciones se implementan en el mismo programa de facturación. El software debe ser capaz de generar registros inalterables (VeriFactu) y, si opera en B2B, también de emitir facturas en formato XML estructurado (Ley Crea y Crece). Que compartan el mismo vehículo tecnológico no significa que sean la misma cosa.

Son dos obligaciones independientes, emanadas de dos ministerios distintos (Hacienda vs. Economía), con dos objetivos jurídicos totalmente diferentes, dos calendarios distintos y dos regímenes sancionadores separados que pueden acumularse.

La metáfora que lo aclara todo

La forma más eficaz de entender la diferencia es con una analogía:

Imagina que tu factura es un coche que sale de fábrica. VeriFactu es la normativa que exige que ese coche tenga caja negra inviolable (el hash), airbags que no puedan desactivarse (inalterabilidad) y una matrícula que identifica el vehículo ante la DGT (código QR). Afecta a cómo se fabrica y se registra el coche. La factura electrónica es la normativa que exige que ese coche se entregue al comprador en un formato concreto: no puede entregarse desmontado en piezas (PDF de imagen), debe entregarse como un vehículo completamente ensamblado y verificable (XML estructurado). Afecta a cómo se entrega el producto al cliente.

Puedes tener un coche perfectamente fabricado (VeriFactu cumplido) y entregarlo mal (sin formato XML, incumpliendo Crea y Crece). O puedes entregarlo en el formato correcto (XML) pero si el coche no tiene caja negra (sin VeriFactu), igualmente estás infringiendo la ley.

Requisitos técnicos de cada obligación

VeriFactu — Lo que exige al software interno

Arquitectura del registro

No impone un formato visual específico para el cliente. Lo que exige es que el software:

— Aplique el algoritmo SHA-256 encadenando cada registro con el anterior.
— Guarde un historial de logs de eventos inalterable.
— Incluya un Código QR (30–40mm) en la representación gráfica.
— Ofrezca la posibilidad de envío automático a la AEAT.
— Tenga la Declaración Responsable del fabricante.

Factura Electrónica — Lo que exige al archivo de destino

Formato del documento entregado

Prohíbe el uso exclusivo del PDF o papel para el destinatario B2B. Requiere:

— Generación de un archivo de datos estructurados (XML).
— Aplicación de firma electrónica (como XAdES).
— Canales para que el receptor comunique estados de pago (aceptación, rechazo, pago) en plazo de 4 días naturales.
— Cumplimiento de uno de los estándares aprobados.

Formatos estructurados permitidos por la Ley Crea y Crece

Para que una factura sea legalmente "electrónica" a efectos B2B, debe expedirse en uno de estos estándares sintácticos:

Facturae — Estándar público español (XML) UBL 2.1 — Universal Business Language (internacional) CII UN/CEFACT — Estándar europeo (EN16931) EDIFACT — Sector industrial y gran distribución

Un PDF, por muy bien diseñado que esté, no es ninguno de estos formatos y no cumple con la Ley Crea y Crece para operaciones B2B.

Tabla comparativa completa

Comparativa exhaustiva: VeriFactu vs Factura Electrónica B2B (2026)
Aspecto VeriFactu Factura Electrónica B2B
Ley madre Ley 11/2021 · RD 1007/2023 Ley 18/2022 · RD 238/2026
Ministerio Hacienda (AEAT) Economía / Min. Asuntos Económicos
Objetivo principal Eliminar el fraude fiscal y el software de doble uso Erradicar la morosidad comercial B2B
¿Afecta a B2C (tickets)? Sí — todos los tickets y facturas No — solo operaciones B2B
¿Qué regula? Comportamiento interno del software (hash, QR, logs) Formato externo del archivo enviado al cliente (XML)
Formato del documento al cliente Sin formato fijo; el PDF puede mantenerse más QR obligatorio XML obligatorio (Facturae, UBL, EDIFACT)
Plazo sociedades 1 enero 2027 1 oct 2027 (>8M€) · 1 oct 2028 (resto)
Plazo autónomos 1 julio 2027 1 oct 2028 · jul 2029 (estados factura)
Sanción por incumplimiento 50.000 € fijos/ejercicio (Art. 201 bis LGT) Hasta 10.000 € administrativos
¿Pueden acumularse? Sí — si se incumplen ambas simultáneamente
¿Afecta al diseño visual del PDF? Solo añade QR obligatorio + leyenda "VERI*FACTU" El PDF pierde validez legal en B2B; debe ser XML

La doble obligación: cuando ambas aplican simultáneamente

Si eres una empresa o autónomo que factura a otras empresas (B2B), tendrás que cumplir con ambas obligaciones al mismo tiempo. El software debe realizar dos acciones simultáneas en cada factura B2B emitida:

  1. VeriFactu: Generar el registro interno con hash SHA-256 encadenado, almacenarlo inalterablemente y, en la modalidad de envío automático, remitirlo a la AEAT en tiempo real con el CSV de acuse de recibo.
  2. Ley Crea y Crece: Generar el archivo UBL o Facturae para el cliente, con firma electrónica, y habilitar los canales para la comunicación de estados de pago (aceptación y fecha de pago efectivo en máximo 4 días naturales).

Los programas de facturación modernos homologados (Holded, Quipu, Billin, Contasimple) están diseñados para manejar esta doble generación de forma transparente para el usuario. El administrativo sigue dando a "Emitir factura" como siempre; es el software quien gestiona internamente ambos flujos de cumplimiento.

Para negocios exclusivamente B2C (bares, tiendas, peluquerías)

Si tu negocio solo vende a particulares y nunca a otras empresas, solo te aplica VeriFactu (para los tickets y facturas simplificadas). La Ley Crea y Crece no te afecta. Tu única obligación es tener un TPV o software de caja homologado antes del 1 de julio de 2027.

¿Por qué el PDF deja de servir en B2B?

Este es el punto que más sorprende a los directivos de PYMES: el PDF que actualmente envías por correo a tus clientes empresas dejará de tener validez legal para ellos cuando entre en vigor la Ley Crea y Crece.

Un PDF no es una factura electrónica estructurada: es una imagen digital del documento. El departamento de compras del cliente empresa no puede procesarlo de forma automatizada en su ERP. La Ley Crea y Crece exige que el archivo recibido sea legible por máquinas, que incluya todos los campos en estructura de datos (NIF, importes, líneas de detalle, fechas) y que lleve firma electrónica que garantice su autenticidad.

Sin embargo —y esto es clave—, VeriFactu no prohíbe el PDF. El PDF puede seguir siendo la representación visual que tu cliente ve y descarga. Lo que cambia es que el archivo entregado al sistema del cliente empresa debe ser XML, aunque simultáneamente le puedas adjuntar el PDF como visualización.

Conclusión: la definición que debes memorizar

La síntesis definitiva para no volver a confundirlos:

VeriFactu define cómo se comporta internamente tu programa de facturación para garantizar que no puedes alterar los datos. Afecta a todas tus facturas y tickets, incluidos los B2C. Es una obligación de la AEAT. Su incumplimiento cuesta 50.000 €/año.

La factura electrónica define el formato del archivo que le envías a tu cliente empresa: tiene que ser XML, no PDF. Solo afecta a operaciones B2B. Es una obligación del Ministerio de Economía. Su incumplimiento puede costar hasta 10.000 €.

Ambas obligaciones pueden y deben convivir en el mismo software. Los programas de facturación homologados modernos gestionan las dos simultáneamente. Tu tarea es asegurarte de que el que uses lo hace correctamente —y que tiene la Declaración Responsable que lo acredita— antes de que lleguen los plazos de 2027.